Confianza
Acuerdos de confidencialidad (NDA) en proyectos de software
Un acuerdo de confidencialidad (NDA, por sus siglas en inglés) es un contrato por el que una o ambas partes se obligan a no divulgar ni usar fuera de una finalidad la información que reciben. Es habitual antes de compartir documentación interna, código o datos. Esta web informativa no crea un NDA: solo es vinculante el documento firmado por las partes.
Unilateral o bilateral
Es unilateral cuando solo una parte comparte información protegida, normalmente el cliente. Es bilateral (o mutuo) cuando ambas partes intercambian información sensible, por ejemplo cuando el proveedor también muestra herramientas, métodos, arquitecturas o propuestas económicas propias. En la fase de evaluación de un proyecto de software es frecuente que el intercambio sea en ambos sentidos.
Sujetos y finalidad
El NDA identifica a las partes (razón social, domicilio y representante con capacidad para firmar) y, si procede, a las sociedades de su grupo que puedan recibir información. La finalidad debe ser concreta: por ejemplo, «evaluar la viabilidad de un sistema de gestión documental y preparar una propuesta». Una finalidad vaga dificulta saber qué usos están permitidos.
Información protegida y excepciones
| Aspecto | Qué conviene revisar |
|---|---|
| Definición | Si se protege por categorías (código, datos, procesos, precios), por marcado expreso o por su naturaleza, y si incluye información comunicada oralmente. |
| Excepciones habituales | Información ya pública sin incumplimiento, ya conocida antes de recibirla, desarrollada de forma independiente o recibida legítimamente de un tercero. |
| Divulgación obligada | Cuando la exige la ley, un juez o una autoridad, con aviso previo a la otra parte si está permitido. |
| Carga de la prueba | Quién debe demostrar que una información encaja en una excepción. |
Duración
Conviene distinguir el periodo en que se intercambia información del tiempo durante el que se mantiene la obligación de confidencialidad, que suele prolongarse después. Para secretos empresariales o código fuente puede pactarse una duración mayor que para el resto de información.
Personal autorizado y subcontratación
- Quién puede recibir la información dentro de cada parte: empleados, colaboradores y asesores que la necesiten para la finalidad pactada.
- Que esas personas estén sujetas a deberes de confidencialidad al menos equivalentes.
- Si puede intervenir un subcontratista, con autorización previa de la parte que revela la información y con obligaciones trasladadas por escrito.
- Qué parte responde si una persona autorizada o un subcontratista incumple.
Devolución, destrucción, ley aplicable y jurisdicción
El NDA debe prever qué ocurre con la información al terminar la evaluación o a petición de la parte que la reveló: devolución, destrucción o ambas, el plazo, la confirmación por escrito y las copias que excepcionalmente puedan conservarse (por obligación legal o en copias de seguridad). También fija qué derecho rige el acuerdo y qué tribunales o mecanismo de resolución de conflictos se aplican.
Lo que un NDA no resuelve
- No regula por sí mismo la titularidad del código o de los entregables: eso corresponde al contrato de desarrollo.
- No sustituye un encargo de tratamiento cuando se tratan datos personales por cuenta del cliente.
- No define medidas técnicas de seguridad, salvo que se pacten expresamente.
Qué es política vigente y qué no
| Aspecto | Qué contiene esta página | Qué obliga realmente |
|---|---|---|
| Naturaleza | Explicación de opciones y criterios que conviene valorar. | El acuerdo firmado por las partes para cada proyecto. |
| En este tema | Qué cláusulas suele tener un NDA y qué conviene revisar en cada una. | El NDA firmado por ambas partes, desde la fecha de firma y con su contenido literal. |
| Certificaciones | No se afirma ninguna certificación, auditoría externa ni sello. | Solo existiría si constara documentada y se aportara la evidencia correspondiente. |
| Políticas internas | No se presenta como política implantada nada que no figure en un acuerdo. | Las medidas aplicables son las que se recojan por escrito en el contrato o en sus anexos. |
Esta página es informativa. No constituye un contrato ni crea obligaciones por sí misma: las condiciones aplicables a cada proyecto son las que se acuerdan y firman por escrito.