Canarias · distribución mayorista
Software para distribuidores en Canarias
Muchos distribuidores canarios trabajan con un ERP pensado para la península y resuelven el resto en hojas de cálculo: una columna con el arbitrio, otra con los gastos del despacho y un prorrateo del flete que solo entiende quien lo hizo. Funciona mientras el catálogo es corto. Cuando crece, aparecen márgenes que no cuadran, tarifas calculadas con un tipo que ya cambió y traspasos entre islas que nadie ha costeado.

Foto: Trougnouf (Benoit Brummer) · CC BY 4.0
C1
Precio de compra
C2
Transporte hasta el puerto y flete marítimo
C3
Despacho y documentos aduaneros
C4
AIEM
C5
IGIC a la importación
C6
REA
C7
Traslado a otra isla
Lo esencial
Para un distribuidor con almacén en Canarias, el coste de un artículo traído de la península no se cierra con la factura del proveedor y el flete. La entrada es una importación a efectos del IGIC, llega con una declaración aduanera de introducción y, si la partida estadística del producto figura en el anexo del AIEM, soporta además un arbitrio del 5, el 10 o el 15 %. Un ERP útil aquí guarda la partida de cada artículo, versiona los tipos por fecha y calcula el coste puesto en cada isla.
Esta página resume lo que hemos comprobado en la Agencia Tributaria Canaria, la Agencia Tributaria estatal, el BOE y el ISTAC, y cómo se traduce en campos, reglas y cálculos. Es un análisis de diseño con un ejemplo hipotético: no describe proyectos realizados en las islas ni sustituye el criterio de tu asesor fiscal o de tu representante aduanero.
Elemento central
La escalera del coste puesto en almacén insular
Cada peldaño añade un importe y exige un dato que en la península no hace falta. El sistema lo calcula por línea de entrada, no por pedido entero, porque dos artículos del mismo contenedor pueden tener partidas y tipos distintos.
C1
Precio de compra
Siempre
- Precio y descuentos del proveedor
- Incoterm pactado
- Unidad de compra
Factura del proveedor
C2
Transporte hasta el puerto y flete marítimo
Mercancía que llega por mar
- Factura del transitario o la naviera
- Peso y volumen por línea
- Criterio de prorrateo
Transitario o naviera
C3
Despacho y documentos aduaneros
Entrada desde la península o desde fuera de la Unión
- MRN de la expedición o T2LF
- Referencia de la declaración de introducción
- Honorarios del representante
Representante aduanero
C4
AIEM
Si la partida estadística figura en el Anexo 2.º
- Partida estadística del artículo
- Tipo del anexo vigente en el devengo
- Base que indique el asesor
Decreto Legislativo 1/2025, Anexo 2.º
C5
IGIC a la importación
Entradas sujetas
- Tipo del artículo
- Cuota registrada aparte del coste
- Tratamiento que fije el asesor
Declaración de introducción
C6
REA
Productos del plan anual de previsiones
- Certificado REA
- Importe de la ayuda o exención
- Traslado de la ventaja al precio
Certificado REA
C7
Traslado a otra isla
Stock que se reparte desde un almacén central
- Flete interinsular
- Manipulación en origen y destino
- Fecha de recepción en la isla
Naviera o transportista interinsular
SalidaCoste puesto por artículo, lote de entrada e isla, con el desglose de cada peldaño y la fuente de cada importe.
Esquema de diseño. Qué peldaños son coste y cuáles cuota recuperable lo decide tu asesor fiscal; el sistema los guarda por separado para que esa decisión no obligue a rehacer los datos.
Orígenes de la mercancía
Cuatro orígenes de mercancía, cuatro tratamientos
El mismo artículo puede llegar al almacén por caminos distintos, y cada uno deja datos diferentes en el sistema. Mezclarlos en un único «coste de compra» es lo que hace que el margen deje de cuadrar.
| Origen | Qué documenta la entrada | Qué cambia en el coste | Dato que el ERP debe conservar |
|---|---|---|---|
| Proveedor de la península o Baleares | Declaración de expedición en origen, salvo Apéndice XVI, y declaración de introducción en Canarias. | IGIC a la importación y, si la partida está en el Anexo 2.º, AIEM. Gastos de despacho y flete marítimo. | MRN de la expedición, partida estadística, tipo de AIEM aplicado y su fecha. |
| Proveedor de fuera de la Unión | Declaración de importación con sus derechos arancelarios. | Derechos de aduana, IGIC y, en su caso, AIEM. | Origen, partida, derechos pagados y referencia de la declaración. |
| Producto acogido al REA | Certificado REA presentado con la declaración aduanera, uno por operación. | Ayuda o exención según el plan anual, con la obligación de trasladar la ventaja al usuario final. | Número de certificado, código de producto REA y precio de venta resultante. |
| Fabricante canario | Factura interior, sin entrada en Canarias. | Sin declaración aduanera de entrada; el AIEM grava la producción local en fase única, aunque la mayoría de los bienes están exentos. | Que el proveedor es productor canario y la partida del producto. |
Contexto comprobado el 17 de octubre de 2026
Las normas y los datos que cambian el coste de entrada
01 · 1991 · Ley 20/1991, art. 8.1
La península es territorio tercero a efectos del IGIC
La Ley 20/1991 define la importación como la entrada de bienes en las Islas Canarias procedentes de territorios terceros, y considera territorios terceros, entre otros, la península, las Islas Baleares, Ceuta y Melilla. Una compra a un proveedor de Zaragoza o de Madrid no es, por tanto, una compra nacional más en el sistema del distribuidor. Fuente [1]
02 · Oct. 2025 · Decreto Legislativo 1/2025
Un texto refundido para el IGIC y el AIEM
El Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, refunde las normas canarias del IGIC y del AIEM y entró en vigor el 21 de octubre de 2025. Su artículo 32.1 fija el tipo general del IGIC en el 7 %. Para el AIEM, los bienes gravados son los del Anexo 2.º (art. 92) y el tipo es el fijado para cada clase de bien en ese anexo, el vigente en el momento del devengo (art. 94). Fuente [2]
03 · 1 ene. 2026 · Anexo 2.º
El AIEM se decide por partida estadística, no por familia
El Anexo 2.º relaciona los bienes por partida estadística, con su descripción y su tipo. Por ejemplo, la carne caprina fresca, refrigerada o congelada (0204.50) figura al 5 % y los demás huevos frescos de gallina (0407.21.00.00) al 15 %. Según el texto consolidado del BOE, la última modificación del anexo está en vigor desde el 1 de enero de 2026. Fuente [2]
04 · 29 jul. 2026 · ATC
Tipos del 5, 10 y 15 % y declaraciones propias
La Agencia Tributaria Canaria describe el AIEM como un impuesto estatal indirecto que grava en fase única la producción de bienes corporales en Canarias, aunque la mayoría están exentos, y la importación de bienes de igual naturaleza. Indica tipos del 5, 10 y 15 % y modelos propios: 450 trimestral, 451 de devolución de cuotas soportadas y 455 de resumen anual. Fuente [3]
05 · 1 mar. 2024 · AEAT
Mercancía de la península: declaración de expedición y T2LF
Según la Agencia Tributaria, los intercambios entre la península o Baleares y Canarias requieren con carácter general una declaración de expedición, salvo que se cumplan las condiciones del Apéndice XVI de la resolución del DUA. La prueba del estatuto de mercancía de la Unión (T2LF) se obtiene por POUS, por el sistema de exportación AES P1 o por ese Apéndice XVI. Fuente [4], [5]
06 · 7 ago. 2026 · REA
Algunos productos agroalimentarios tienen régimen propio
El Régimen Específico de Abastecimiento, basado en el Reglamento (UE) 228/2013, permite ayudas o exención de derechos arancelarios para productos del plan anual de previsiones. El operador debe estar inscrito en el Registro de Operadores REA, presentar un certificado para cada operación con la declaración aduanera y trasladar la ventaja al usuario final. Fuente [6]
07 · 23 abr. 2026 · ISTAC
La mayor parte de lo que entra viene del resto de España
En la nota del ISTAC publicada el 23 de abril de 2026 sobre enero y febrero, el 76,6 % de las importaciones de Canarias procedía del resto de España; la cifra figura en el párrafo dedicado a febrero y los datos son provisionales. La estadística se basa en la de comercio exterior de la Agencia Tributaria, que usa el DUA como fuente, y se desagrega por capítulos y partidas arancelarias. Fuente [7], [8]
Recurso
Campos del maestro de artículos que un distribuidor canario necesita y la península no
Una fila por campo, con para qué sirve, de dónde sale y qué falla si no está. Es la lista que conviene revisar antes de elegir un ERP o de pedir cambios al que ya tienes.
| Campo | Para qué sirve | De dónde se obtiene | Qué falla si falta |
|---|---|---|---|
| Partida estadística (diez dígitos) | Decidir si el artículo soporta AIEM y con qué tipo. | Ficha técnica del producto y clasificación del representante aduanero. | Se aplica el tipo de la familia y no el de la partida: márgenes y tarifas mal calculados. |
| Tipo de AIEM con fecha de vigencia | Usar el tipo vigente en el devengo, no el de hoy. | Anexo 2.º del Decreto Legislativo 1/2025 y sus modificaciones. | Una entrada antigua se recalcula con el tipo nuevo y el coste histórico cambia sin que nadie lo note. |
| Tipo de IGIC del artículo | Calcular la cuota a la importación y en la venta. | Normativa del IGIC; el tipo general es el 7 %. | Facturas con un tipo equivocado y cuotas soportadas mal registradas. |
| Código de producto REA | Saber si el artículo puede entrar con certificado y qué ventaja debe trasladarse. | Plan anual de previsiones del REA. | Se vende al precio sin ayuda o se pierde la trazabilidad del traslado al usuario final. |
| Estatuto y origen del lote | Distinguir mercancía de la Unión (T2LF) de la de terceros países. | Declaración de expedición, POUS o documentación del proveedor. | Lotes del mismo artículo con costes distintos que el sistema trata como iguales. |
| Referencia aduanera de la entrada | Unir cada lote con su MRN y su declaración de introducción. | Representante aduanero. | Ante una revisión, nadie encuentra qué declaración corresponde a qué stock. |
| Peso y volumen por unidad | Prorratear el flete marítimo e interinsular con un criterio estable. | Ficha logística del proveedor o medición propia. | El flete se reparte por importe y los artículos voluminosos parecen más rentables de lo que son. |
| Isla y almacén de cada existencia | Saber dónde está el stock y cuánto costó llevarlo allí. | WMS o ERP. | Se vende en una isla un stock que está en otra y el traslado se come el margen. |
| Proveedor productor canario | Separar las compras locales, sin entrada en Canarias, de las importaciones. | Alta del proveedor. | Se aplica un AIEM que no corresponde o se omite el que sí. |
Tabla de diseño elaborada a partir de las fuentes citadas en esta página. No es una lista exhaustiva de obligaciones fiscales ni sustituye la revisión de tu asesor.
Ejemplo hipotético · no es un caso real
Un contenedor de la península con tres artículos y dos islas
Ejemplo ilustrativo, sin empresa real detrás. Un distribuidor de alimentación con almacén central en Gran Canaria y otro más pequeño en Tenerife recibe un contenedor de un proveedor peninsular con tres referencias: huevos frescos, un queso incluido en el plan del REA y un artículo de droguería cuya partida no figura en el Anexo 2.º. Parte de la carga se traslada después a Tenerife.
01 · Entradas
- Factura del proveedor con tres líneas, sus cantidades y el incoterm.
- Factura del flete marítimo con peso y volumen del contenedor.
- MRN de la declaración de expedición y referencia de la declaración de introducción en Canarias.
- Partida estadística, tipo de IGIC y código REA de cada artículo en el maestro.
- Orden de traslado de una parte del stock al almacén de Tenerife.
02 · Reglas
- El AIEM se calcula por línea según la partida: los huevos frescos (0407.21.00.00) figuran al 15 % en el Anexo 2.º; el artículo de droguería, fuera del anexo, no lo soporta.
- El tipo de AIEM se toma de la tabla versionada con la fecha del devengo, no del valor actual del maestro.
- El queso solo entra con la ventaja del REA si existe certificado para esa operación; si no, se costea sin ella.
- El flete se prorratea por peso o volumen, con el criterio que fije la empresa y que queda guardado con la entrada.
- El traslado a Tenerife añade su flete interinsular al coste del lote trasladado, no al de todo el contenedor.
03 · Integraciones
- ERP o programa de gestión: proveedores, artículos, compras, ventas y contabilidad.
- Representante aduanero: referencias de las declaraciones y clasificación de partidas.
- WMS o gestión de almacén por isla, para existencias y traslados.
- Transitario y navieras, para las facturas de flete marítimo e interinsular.
04 · Salida
- Coste puesto de cada lote en Gran Canaria y en Tenerife, con su desglose por peldaño.
- Tarifa de venta recalculada para los artículos cuyo coste cambió.
- Relación de entradas con su MRN, su partida y el tipo aplicado, lista para revisar con el asesor.
- Registro de la ventaja REA trasladada al precio del queso.
Excepciones y tratamiento
Llega el contenedor y el certificado REA del queso no está emitido.
La línea se recibe como pendiente de régimen y el sistema avisa antes de fijar precio de venta.
La partida estadística de un artículo nuevo está vacía.
La recepción se bloquea para esa línea hasta que el representante aduanero la clasifique.
El Anexo 2.º cambia con mercancía ya en camino.
Se aplica el tipo vigente en el devengo y el cambio queda registrado con su fecha.
La naviera factura el flete semanas después.
El coste se calcula con una estimación marcada como provisional y se regulariza al llegar la factura.
Distinción operativa
Por qué esta página no es la ficha nacional ni otra página canaria
Una página territorial se justifica si el trabajo cambia. Aquí cambia el coste de entrada, el maestro de artículos y la forma de repartir el stock.
Frente a · 01
Comercio y distribución (ficha nacional)
La ficha nacional trata catálogo, stock por canal y pedidos de clientes profesionales. Aquí el problema empieza antes de vender: la entrada es una importación, el arbitrio depende de la partida y el stock está separado por mar.
Frente a · 02
Transporte interinsular en Canarias
Esa página es para quien mueve la mercancía entre islas: documentos de cada tramo y compensación del transporte. Esta es para quien la compra y la vende: el traslado aparece solo como un peldaño del coste.
Frente a · 03
Licitaciones públicas en Canarias
Allí el IGIC aparece en el importe de una oferta a la Administración. Aquí aparece en la entrada de mercancía, junto con el AIEM y el REA, y decide el coste y la tarifa.
Frente a · 04
Contenedores en el puerto de València
En València el contenedor sale del puerto hacia un cliente dentro del mismo territorio del IVA y el reto es la espera. En Canarias el contenedor entra en un territorio fuera del IVA, con declaración de introducción y tributos propios.
Frente a · 05
Ceuta y Melilla
También son territorios terceros para el IGIC. La Agencia Tributaria trata aparte los intercambios con los territorios fiscales especiales distintos de Canarias: para ellos POUS es la única vía de registro del estatuto. No describimos su fiscalidad porque no la hemos analizado.
Contratación
Cómo se contrataría sin presencia en las islas
El trabajo se hace en remoto, con sesiones con tu responsable de compras, tu responsable de almacén y, cuando haga falta, tu asesor fiscal o tu representante aduanero. No afirmamos tener oficina, equipo ni clientes en Canarias. Si hay que ver un almacén, se plantea como una visita concreta y acordada.
Antes de presupuestar, conviene reunir tres cosas: una muestra de entradas recientes con sus declaraciones, la lista de artículos con su partida, si ya la tienes, y la hoja de cálculo con la que hoy costeas. Con eso se ve rápido si el problema es de datos, de cálculo o de integración.
- 01
Revisión de entradas
Lectura de un trimestre de compras para ver cuántos artículos tienen partida, cuántos soportan AIEM y cuántos traslados entre islas hay.
- 02
Maestro de artículos
Campos nuevos, tabla versionada de tipos y reglas de validación, revisados con tu asesor.
- 03
Cálculo del coste puesto
Motor de la escalera de coste por línea de entrada, con estimaciones provisionales y regularización.
- 04
Integración y tarifas
Conexión con el ERP, el almacén y las facturas de flete, y recálculo de tarifas cuando cambia el coste.
Canarias
Preguntas sobre este territorio
¿Me sirve el ERP que usa mi proveedor en la península?
Puede servir como base, pero necesita campos y reglas que en la península no existen: partida estadística con tipo de AIEM versionado, cuotas de IGIC a la importación separadas del coste, referencias aduaneras por lote y stock por isla. Si el ERP no admite esos campos, se suele añadir un módulo de costes que se integra con él.
¿El sistema decide si un artículo paga AIEM?
Aplica la tabla que se le carga: busca la partida del artículo en el Anexo 2.º y toma el tipo vigente en la fecha del devengo. La clasificación de la partida es una decisión técnica y aduanera que debe validar tu representante; el sistema impide recibir una línea sin ella.
¿Qué pasa con los envíos pequeños de menos de 150 euros?
La Agencia Tributaria describe un procedimiento propio para los envíos de escaso valor, de hasta 150 euros, con la declaración H7. Si tu negocio recibe muchos, conviene tratarlos como un flujo aparte en el sistema, con sus propias reglas y referencias.
¿Y si traslado stock de Gran Canaria a Lanzarote?
Para la Ley 20/1991 la importación es la entrada en Canarias desde territorios terceros, así que un traslado entre islas no es una nueva entrada. Lo que sí cambia es el coste: el flete interinsular y la manipulación se imputan al lote trasladado. El tratamiento fiscal del traslado conviene confirmarlo con tu asesor.
Límites y revisión pendiente
Lo que este planteamiento no resuelve
- No hemos probado una integración con los sistemas aduaneros ni con la Agencia Tributaria Canaria; las referencias aduaneras se reciben de tu representante.
- El ejemplo usa dos tipos del Anexo 2.º comprobados en el texto consolidado; el resto de partidas debe consultarse en la norma vigente.
- La página no analiza los derechos arancelarios de mercancías de fuera de la Unión ni los impuestos especiales.
- Las cifras del ISTAC citadas son provisionales en su fuente, y la nota no aclara si el 76,6 % corresponde solo a febrero o al acumulado de enero y febrero.
Pendiente de revisión o comprobación
- Revisión fiscal pendiente de la base imponible del AIEM a la importación y de cuándo el AIEM y el IGIC soportados son coste o cuota recuperable (la ATC menciona un modelo 451 de devolución de cuotas soportadas, cuyos supuestos no hemos analizado).
- No hemos leído las condiciones del Apéndice XVI de la resolución del DUA, que permite intercambios sin declaración de expedición; solo citamos que existe.
- Tratamiento en el IGIC de los traslados de stock propio entre almacenes de distintas islas: pendiente de confirmar con asesor.
- Plan anual de previsiones del REA vigente: no lo hemos revisado producto a producto.
Para seguir desde aquí
Última revisión:
- Sector nacionalComercio y distribuciónLa página nacional del sector: catálogo, stock por canal y pedidos profesionales.
- CapacidadERP a medidaCuando el maestro de artículos y el cálculo de costes no caben en el ERP estándar.
- CapacidadWMS y gestión de almacenesExistencias por isla, lotes y traslados entre almacenes.
- Problema y soluciónIntegrar un ERP heredado sin parar el negocioCómo añadir un módulo de costes a un ERP que no se puede sustituir de golpe.
- GuíaERP a medida frente a ERP comercialCriterios para decidir si adaptar el ERP o construir la parte que falta.
Fuentes consultadas
Fuentes oficiales leídas para esta página, con la fecha de consulta y el hecho que respaldan. Los textos consolidados del BOE son informativos; para efectos jurídicos rige la publicación oficial.
- [1]Ley 20/1991, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias (texto consolidado)
Art. 8.1: importación es la entrada de bienes en Canarias desde territorios terceros, entre ellos la península y Baleares.
BOE, BOE-A-1991-14463 · consultado el
- [2]Decreto Legislativo 1/2025, texto refundido de las normas canarias del IGIC y del AIEM (texto consolidado)
Tipo general del IGIC del 7 % (art. 32.1); bienes del AIEM en el Anexo 2.º por partida estadística (arts. 92 y 94); anexo vigente desde el 1 de enero de 2026.
BOE, BOC-j-2025-90249 · consultado el
- [3]Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías (AIEM)
Grava la producción y la importación; tipos del 5, 10 y 15 %; modelos 450, 451, 452 y 455. Página modificada el 29 de julio de 2026.
Agencia Tributaria Canaria · consultado el
- [4]La prueba del estatuto aduanero: sistema POUS
Península o Baleares y Canarias: declaración de expedición salvo Apéndice XVI; T2LF por POUS, AES P1 o Apéndice XVI. Página actualizada el 27 de agosto de 2026.
Agencia Tributaria · consultado el
- [5]Justificación del estatuto T2L/T2LF: caso particular de Canarias (situación hasta el 1 de marzo de 2024)
La partida de la declaración sumaria se salda con el DUA de introducción en VEXCAN, que recoge el MRN de la expedición.
Agencia Tributaria · consultado el
- [6]Régimen Especial de Abastecimiento (REA)
Reglamento (UE) 228/2013, registro de operadores, certificado para cada operación y traslado de la ventaja al usuario final. Página de 7 de agosto de 2026.
Agencia Tributaria · consultado el
- [7]Estadística de Comercio Exterior de Canarias: enero-febrero de 2026 (nota de 23 de abril de 2026)
El 76,6 % de las importaciones procedía del resto de España; la cifra aparece en el párrafo de febrero de 2026 y los datos son provisionales.
Instituto Canario de Estadística (ISTAC) · consultado el
- [8]Estadística de Comercio Exterior de Canarias (ficha de la operación C00038A)
Se basa en la estadística de la Agencia Tributaria, con el DUA como fuente, y se desagrega por capítulos y partidas arancelarias.
Instituto Canario de Estadística (ISTAC) · consultado el
- [9]Presentación de declaraciones de envíos de escaso valor
Envíos de hasta 150 euros con declaración H7. Página actualizada el 7 de agosto de 2026.
Agencia Tributaria · consultado el
Siguiente paso
Revisar cómo calculas el coste puesto en cada isla
Cuéntanos qué ERP usas, cómo costeas hoy las entradas de la península y cuántos almacenes tienes. Te diremos qué campos faltan y si conviene adaptar el ERP o añadir un módulo de costes.
Sin compromiso de aceptación: estudiamos cada caso antes de proponer nada. Cómo tratamos la información que compartes.